Una de las preguntas más frecuentes entre la población asegurada es la relacionada con las diferencias entre el seguro de vida y el de decesos. En más de una ocasión, los usuarios se confunden, creyendo que son exactamente iguales. Sin embargo, se trata de dos pólizas que presentan muchas diferencias entre sí, aunque también cierta relación.
Actualmente, estos dos tipos de seguros están muy extendidos entre la población española. En esencia, ambas pólizas se centran en el fallecimiento del tomador que ha contratado el seguro durante un número determinado de años para que sus familiares no tengan que afrontar gastos extras en el futuro.
En cuanto a las diferencias, cabe destacar que el seguro de vida incluye una indemnización a los beneficiarios con una cantidad que reciben en un único momento o en varias cuotas que perciben durante un número de meses. La cuantía que reciben es la que, en su momento, estableció el asegurado en las condiciones generales de la póliza. En cambio, con el seguro de decesos se garantizan los trámites administrativos y los gastos relacionados con el sepelio, incluyendo el servicio de tanatorio, el servicio funerario o el traslado del tomador de la póliza, según el producto contratado. Teniendo en cuenta estos aspectos diferenciales, se puede afirmar que los seguros de decesos dan un servicio y los seguros de vida ofrecen una indemnización económica a los beneficiarios.
Dos seguros, diferentes prestaciones
En cuanto a sus coberturas, cabe señalar que los seguros de vida pueden incluir prestaciones obligatorias y optativas relacionadas con la invalidez absoluta o permanente por cualquier causa, garantías inexistentes en la póliza de decesos.
También, existen diferencias entre el seguro de decesos y el seguro de vida en cuanto a los motivos de contratación. En el primer caso, suelen darse de alta para que los familiares no tengan que asimilar los costes de organizar un sepelio y gestionar la documentación pertinente. A diferencia del segundo, que suelen contratarlo para asegurar la estabilidad económica de la familia, una vez que el tomador del seguro no esté o sufra cualquier percance que le impida obtener los ingresos necesarios.
Por otra parte, si nos centramos en la cuantía que se contrata, en los seguros de vida es el cliente el que puede establecer una cantidad. A diferencia del de decesos, en el cual es la compañía la que establece el capital, según el precio de mercado de los servicios fúnebres.
Una vez conocidas las principales diferencias entre ambos, la siguiente pregunta sería: ¿cuál conviene más contratar? Pues, depende de las necesidades e intereses de cada familia asegurada. Cabe decir que no son seguros excluyentes por lo que, si el seguro de vida no ofrece una cobertura de decesos adicional ajustada a las necesidades del cliente, siempre se pueden contratar los dos. De esta forma, se complementarían y disfrutaríamos de coberturas de protección más amplias.