Personalizar las preferencias de consentimiento

Usamos cookies para ayudarle a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrará información detallada sobre cada una de las cookies bajo cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies categorizadas como “Necesarias” se guardan en su navegador, ya que son esenciales para permitir las funcionalidades básicas del sitio web.... 

Siempre activas

Las cookies necesarias son cruciales para las funciones básicas del sitio web y el sitio web no funcionará de la forma prevista sin ellas. Estas cookies no almacenan ningún dato de identificación personal.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies funcionales ayudan a realizar ciertas funcionalidades, como compartir el contenido del sitio web en plataformas de redes sociales, recopilar comentarios y otras características de terceros.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies analíticas se utilizan para comprender cómo interactúan los visitantes con el sitio web. Estas cookies ayudan a proporcionar información sobre métricas el número de visitantes, el porcentaje de rebote, la fuente de tráfico, etc.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices de rendimiento clave del sitio web, lo que ayuda a proporcionar una mejor experiencia de usuario para los visitantes.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies publicitarias se utilizan para entregar a los visitantes anuncios personalizados basados ​​en las páginas que visitaron antes y analizar la efectividad de la campaña publicitaria.

No hay cookies para mostrar.

BLOG

Quien tiene Protección Jurídica tiene un tesoro

imagen coche accidentado

Una sentencia confirma de nuevo la indemnización por el coste de la reparación y no por valor de mercado del coche

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha ratificado una sentencia en primera instancia que daba la razón al asegurado en su reclamación a la entidad de ser indemnizado por el valor real de la reparación de su vehículo tras un accidente y no por el valor venal del mismo, tal y como esgrimió la compañía.

Según la información que recoge hoy Cinco Días, el caso enjuiciado es de un ciudadano que tuvo un accidente y la reparación del vehículo le costó 6.913 euros. Esta persona tenía un seguro con cobertura de daños propios con franquicia de 600 euros, con MAPFRE. El informe del perito estableció que el valor de mercado del turismo era de 2.500 euros antes del siniestro. Teniendo en cuenta el importe de la franquicia, la entidad ofrecía una indemnización de 1.500 euros, una cuarta parte del coste de la reparación. El asegurado llevó el caso a los tribunales y un juez de primera instancia le dio la razón, fijando una indemnización de 5.682 euros. Ahora, en segunda instancia, la Audiencia Provincial de Pontevedra ratifica la sentencia.

El argumento de indemnizar en función el valor venal del vehículo suele responde a que si paga una indemnización superior al valor de mercado del vehículo, se produce un enriquecimiento injusto del asegurado. Sin embargo,  esta sentencia indica que “habría enriquecimiento indebido si por el lógico y progresivo desgaste del vehículo, el asegurado gozase de una paulatina reducción de la prima”. Dado que esto no se produce, limitar la indemnización al valor del mercado del coche produce “una evidente falta de correspondencia entre el interés asegurado y aquella prima, y a la postre, un palmario enriquecimiento de la compañía de seguros”.

Compártelo

Otros artículos de interés